El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha estimado parcialmente el recurso presentado contra la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de las tasas fijadas tanto para el acceso a la jurisdicción como para la interposición de recursos por considerar que vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva garantizada en el artículo 24 de la Constitución.

Solo se han visto afectadas las tasas que afectan a las personas jurídicas, ya que mediante el Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero se eximió del pago del tributo a las personas físicas.

El artículo 7.1 de la mencionada ley es el que ha sido declarado inconstitucional anulando  el inciso que preveía cuotas fijas:

  • En el orden civil se suprime la tasa de 800 euros para promover recurso de apelación y de 1.200 euros para los de casación y extraordinario por infracción procesal.
  • En el orden contencioso-administrativo se suprime tasa de 200 euros para interponer recurso contencioso-administrativo  en el procedimiento abreviado y de 350 euros para el ordinario así como la tasa de 800 euros para el recurso de apelación y 1.200 euros para el recurso de casación.
  • Por último, en el orden social, se anula la tasa de 500 euros para el recurso de suplicación y de 750 para el de casación en cualquiera de sus modalidades.

También ha sido declarado inconstitucional el artículo 7.2 por el que se impone una cuota variable cuya cuantía será la que resulte de aplicar al valor económico del litigio el tipo de gravamen que corresponda, según la siguiente escala: de cero a un millón de euros, 0,5 por ciento, y el resto, un tipo porcentual del 0,25.

No obstante, se mantienen las siguientes tasas jurídicas para las personas jurídicas (entre las que se encuentran pequeñas y medianas empresas y ONGs):

  • Verbal y cambiario→150 euros.
  • Ordinario →300 euros
  • Monitorio, monitorio europeo y demanda incidental en proceso concursal→100 euros.
  • Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales→200 euros.
  • Concurso necesario→200 euros.