Declaro la nulidad de pleno derecho por abusiva y por no
puesta la cláusula sobre “comisión de apertura” inserta en el
referido contrato de préstamo con garantía real, y, en su
consecuencia, condeno a la entidad demandada a que abone a la
parte demandante la cantidad de 1.050,00€ más el interés legal
de la referida cantidad desde el 16 de julio de 2014

 

SENTENCIA_29-10-2018