Una vez dictada Sentencia de divorcio se adoptan las medidas definitivas  que deben regir las posteriores relaciones, ya sea en relación a los hijos, la pensión de alimentos o compensatoria, el régimen de visitas con los hijos o la ejecución del régimen económico matrimonial.

Tal y como establece el art. 90 y el ultimo inciso del art 91 del CC, si las circunstancias personales o económicas de cualquiera de los cónyuges se alteran sustancialmente, y por lo tanto no se adaptan a su situación actual, se puede solicitar una modificación de la sentencia de divorcio.

Para que la demanda de modificación de medidas prospere, la Jurisprudencia exige que se den varios requisitos:

  1. Que se trate de hechos nuevos surgidos con posterioridad a la Sentencia de Divorcio.
  2. Que se produzca una alteración sustancial de las circunstancias.
  3. Que dicha alteración tenga cierto grado de permanencia en el tiempo, es decir que no sea una situación transitoria o coyuntural.
  4. Que las nuevas circunstancias se puedan probar.

La modificación de medidas puede realizarse de mutuo acuerdo o contencioso:

  1. Para que la modificación de las medidas se lleve a cabo de mutuo acuerdo, basta con un nuevo convenio entre las partes, y que este sea ratificado por el Juez.
  2. En el caso de que no exista acuerdo entre las partes, se deberá presentar una demanda, aportando todos los documentos que acreditan el cambio de circunstancias

Las modificaciones suelen versar sobre la modificación del régimen de custodia y alimentos:

  1. Para determinar la pensión de alimentos y la pensión compensatoria, siempre se aplica un criterio deproporcionalidad. Por ello, para poder solicitar una reducción de las mismas, debe probarse de manera fehaciente que los ingresos del obligado al pago de la pensión de alimentos y/o de la pensión compensatoria han disminuido notablemente
  2. Si lo que se pretende modificar es el régimen de guardia y custodia o régimen de visitas y estancia, es preciso acreditar que en la actualidad dichas peticiones suponen la mejor opción a favor de los menores.

Es de gran relevancia tener en cuenta este tipo de procedimientos, ya que si no se pueden cumplir las medidas impuestas en la sentencia de divorcio, hay que proceder a su modificación, antes de que se produzcan grandes problemas.